Aprueba el derecho a desconexión digital
El Senado de la República votó el fin de semana y, de manera unánime, se decidió realizar una adición a la Ley Federal del Trabajo mediante la que se garantice a los trabajadores mexicanos su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de intimidad personal y familiar.
Ignacio Torres |
Aprueba el derecho a desconexión digital

Este fin de semana se informó que finalmente el Senado de la República aprobó por unanimidad establecer el derecho de los trabajadores mexicanos a la desconexión digital, es decir, la facultad de abstenerse de responder las comunicaciones por cualquier medio electrónico, fuera de su horario laboral. 

Con antecedentes de consideraciones legales similares en España, Francia, India y Filipinas, el tema se planteó en el país desde el pasado mes de octubre, cuando la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó la iniciativa con proyecto de decreto para adicionar el artículo 68-Bis a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el que se consideraría regular las jornadas laborales que se desarrollan desde el hogar.

La modalidad de home office, que tomó la prevalencia a raíz de la pandemia por COVID-19 desde el año pasado, trajo consigo la saturación de los trabajadores ya que algunas empresas tomaron esta situación como sinónimo de que sus colaboradores deberían estar a disposición fuera del horario acordado.

Con el 64 por ciento de las compañías nacionales con alguna forma de teletrabajo implantado en la nueva normalidad, el tema se convirtió en prioritario para evitar acumulación de estrés. Se consideró también que atenderlo coadyuvaría al cumplimiento de Norma Oficial Mexicana NOM-035 de Riesgo psicosocial en el trabajo. 

 

La decisión

Con 116 votos a favor, el pleno del Senado avaló el derecho de los trabajadores a no responder comunicaciones laborales vía correo o mensajes electrónicos, llamadas o mediante cualquier otro medio fuera de las horas laborales legal o convencionalmente establecidas.

En la decimotercera consideración presentada en el dictamen avalado por los legisladores se indica:

“El patrón, en coordinación con las personas representantes de las y los trabajadores, deberán elaborar una política interna dirigida a las y los trabajadores, incluidos quienes ocupen puestos directivos, en la que habrán de definirse las modalidades para el ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga u otros problemas de salud”.

En el primer párrafo del texto propuesto para el artículo 68-Bis que se adicionará a la LFT puede leerse: “Las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”.

 

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