INAI dice no al padrón de celulares
El instituto indicó que ya prepara un recurso de inconstitucionalidad que presentará ante la Suprema Corte de Justicia para que se revisen algunos puntos de la reforma aprobada a la LFTR puesto que entregar datos biométricos para acceder a un servicio restringe la libertad ciudadana.
Ignacio Torres |
INAI dice no al padrón de celulares

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) expresó su unánime negativa a que exista el padrón de usuarios y titulares de telefonía móvil en el país, tal y como se plantea en la reforma. 

En la sesión del pleno del instituto, realizada esta semana, los siete comisionados votaron contra la creación de esa base de datos personales y biométricos, e instruyeron al director de asuntos jurídicos del organismo a diseñar y presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.

Entre los planteamientos que el INAI encontró como problemáticos están el hecho de que la creación del padrón viola el derecho a la protección de datos personales por no requerir una orden judicial para el acceso a la información que contendrá, es decir, será una base de datos a la que se podrá acceder sin justificar el motivo de la consulta; así como el condicionamiento a entregar datos biométricos para poder acceder a la titularidad y uso de una línea de telefonía móvil.

 

El planteamiento

La creación del padrón de usuarios y titulares de telefonía móvil se plantea en la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), aprobada el pasado 13 de abril, con el objetivo de tener una base de datos en la que se pueda verificar cuando alguien realice llamadas de extorsión. Sin embargo, de acuerdo con datos del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) casi el 80 por ciento de celulares en el país son de prepago, es decir, bajo el esquema actual no hay manera de registrar quién los usa.

Lo anterior significa que ese porcentaje de usuarios de telefonía móvil se quedarían sin servicio a menos de que entreguen datos personales y biométricos (como huellas dactilares, iris de los ojos y características del rostro o el tono de voz), sin mencionar que las compañías deberían modificar la manera en que ofrecen acceso a una línea.

Será el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el encargado de poner en marcha esta reforma, para lo cual contará con 180 días, sin embargo, los comisionados del INAI confiaron en que mediante el recurso que presentarán se realicen las modificaciones pertinentes. 

En la sesión del pleno del Inai se argumentó que aunque la reforma aprobada persigue un fin constitucionalmente legítimo —facilitar la investigación y persecución de delitos—la medida de entregar datos personales y biométricos para registrar o acceder al servicio de telefonía móvil, no es idónea por lo que implica el manejo del padrón y por lo prohibitiva que resulta.  

 

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